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En las sociedades desarrolladas nos atrevemos a pensar que tenemos garantizados los servicios básicos que demandamos y no nos preocupamos ni pensamos en ello porque forman parte de nuestra cotidianeidad.
Los Ayuntamientos tienen establecidas sus competencias en los artículos 25 y 26 de la Ley de las Bases Reguladoras del Régimen Local. A los efectos de este articulo menciono el artículo 25.2.l) de la citada Ley que establece que los Ayuntamientos tienen las competencias en el suministro de agua a la población.
Para los Ayuntamientos este servicio, al igual que los demás establecido en la misma Ley, no constituye una opción de voluntariedad de prestarlo o no, si no que, por el contrario, está obligado a ello garantizando además la protección de la salubridad pública (letra h del mismo artículo).
Lo más habitual es que los Ayuntamientos no presten directamente este tipo de servicios si no que lo haga de forma indirecta, mediante una empresa concesionaria. La razón fundamental es que estos servicios son cada vez más complejos y especializados y en nuestro país existen muchas empresas que se han especializado y que cuenten con una tecnología que no suele estar al alcance de los Ayuntamientos.
La adjudicación de estos servicios se hace mediante procedimientos públicos de libre concurrencia que actualmente vienen regulados en la Ley de Contratos del Sector Público.
Las empresas adjudicatarias, una vez firmado el contrato administrativo que las une al Ayuntamiento, se rigen por el principio de riesgo y ventura establecido en el artículo 199 de la citada Ley de Contratos.
En el caso objeto de este artículo referido a los problemas surgidos en varios barrios del municipio de San Bartolomé de Tirajana a principios de la pasada semana con el corte del suministro de agua, tras el sabotaje mediante el vaciado intencionado de unos mil litros de gasóleo dentro de un pozo del que se extraía el agua que posteriormente iba a tres depósitos reguladores gestionados por la empresa concesionaria Canaragua, del que se alimentaba las poblaciones del Salobre, Tablero, Calderín, Media Fanega, Lomo Gordo y Montaña La Data. No existen dudas de que la citada empresa, que por otra parte ha hecho un trabajo excepcional en la reposición del servicio en tan solo cinco días, dada la magnitud de los daños que afectaron a unas cuatro mil viviendas y más de diez mil personas, es la que tiene que apechugar con los gastos ocasionados, que tratará de endosarlos al autor o autores de este grave delito contra la salud pública una vez que sean identificados, detenidos y juzgados. También echarán mano del seguro que tengan concertado a tal efecto.
Pero no es el aspecto el que quería resaltar. Resulta mucho más preocupante comprobar lo vulnerable que somos los ciudadanos ante atentados como el que ha tenido en jaque a más de diez mil personas del municipio sureño durante la pasada semana. El olor a gasóleo cantó lo suficiente como para que se actuara de inmediato y se procediera al corte del servicio. Si en lugar de gasóleo hubieran introducido otra sustancia tóxica inodora, tal vez hoy estaríamos hablando de palabras mayores, y lo que ha sido un grave trastorno posiblemente se habría convertido en una tragedia humana.
Esperemos que la policía, la fiscalía y los jueces hagan su trabajo y el autor o autores de este atentado contra la población tirajanera paguen por lo que han hecho.

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