En mi caso y en el de Toñi Cabrera y María José, su hija, hubiéramos preferido pasar página definitivamente tras la sentencia de las Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, hecha pública el pasado 11 de mayo, en la, como principal pronunciamiento (también hubieron otros), hizo constar “que teniendo en cuenta la especial crueldad de la acción del acusado, la forma con la que se ensañó con sus víctimas, quemándolas vivas poco a poco, con un sufrimiento difícil de imaginar, no solo por el dolor físico, sino por el hecho de ver la niña, que no llegaba a ocho años de edad, como queman a su madre y la madre como queman a su hija sin poder hacer nada para evitarlo, hacen que consideremos totalmente proporcionada la imposición de la pena de catorce años de prisión por cada uno de los delitos de asesinato en grado de tentativa, a Enrique José Ramírez Cruz”.
Sin embargo, “nuestro gozo en un pozo” porque el pasado martes desayunábamos con una noticia y una foto, en la portada del Canarias-7, que nos alarmó. En el caso de Toñi y Mª José, además, se reprodujeron las sensaciones de ansiedad, miedos y frustraciones con las que han estado conviviendo en los últimos tres años y medio.
La noticia que “justificaba” esa foto está llena de imprecisiones, no es una información objetiva y los datos no fueron contrastados. A modo de ejemplo y para acreditar que sólo se buscó justificar la publicación de la foto, podemos pararnos en un par de detalles: comenzando por la cabecera de la noticia en la que podíamos leer “La nueva vida del agresor de Toñi”, intentando que aceptáramos como cierto que la imagen de ese maltratador rodeado de siete reclusas forma parte del día a día de su vida diaria en la cárcel. Todos sabemos que eso no es cierto y que la vida en la cárcel nada tiene que ver con esa imagen que luego comentaremos.
Otro detalle que acredita la falta de rigurosidad de la noticia la encontramos en el inicio del contenido del artículo. Comienza diciendo que “Enrique José R.C., que fue condenado por intentar quemar a la cantante grancanaria Toñi Cabrera y a su hija…”. La sentencia que le condenó dice “que teniendo en cuenta la especial crueldad de la acción del acusado, la forma con la que se ensañó con sus víctimas, quemándolas vivas poco a poco,…”. La objetividad y rigurosidad informativa brillan por su ausencia.
Con ese artículo, escrito en esos términos, sólo se quiso justificar la publicación de la foto, de esa foto en concreta. Y ese hecho resulta lamentable.
La dichosa foto le ha servido al periódico Canarias-7, consciente de que crearía polémica, para vender más periódicos y, de paso, ganar más dinero.
Al agresor le ha servido para ganar su minuto de gloria y chulearse frente a las agredidas, a Toñi Cabrera y Mª José, y frente a todas las mujeres maltratadas.
El periódico Canarias-7 ha reiterado durante la semana que acaba la publicación de la misma foto. A este hecho se le puede aplicar la frase que dice: "a quien no quiere caldo, le dan tres tazas".
La publicación de la noticia, con la mencionada foto que le sirvió de soporte, que deforma la realidad existente en los centros penitenciarios, trae como consecuencia directa que muchísimas mujeres en situación de alto riesgo por delitos de violencia machista se retraigan de denunciar la situación en la que están viviendo al tener la percepción de que sus agresores, en caso de ser condenados, tendrán una situación de inmejorables privilegios en las cárceles que no tienen en la calle.
También distorsiona la percepción que tendrán a partir de ahora los potenciales agresores, que tomarán conciencia de que, en caso de ejecutar a sus esposas, parejas sentimentales, novias, actuales o anteriores, tendrán un tratamiento privilegiado una vez que tengan que cumplir condena por tales hechos.
A todo esto, no debemos perder el norte y tampoco olvidarnos de que el artículo 14 de la de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que expresamente establece: “La difusión de informaciones relativas a la violencia sobre la mujer garantizará, con la correspondiente objetividad informativa, la defensa de los derechos humanos, la libertad y la dignidad de las víctimas de violencia y de sus hijos. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones”.
Estamos deseando sabe qué opinarán al respecto tanto la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias como el Juez de Vigilancia Penitenciaria.
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